lunes, 28 de febrero de 2011

Capítulo 4. El Planeamiento (I).

En una estructura jerarquizada, a continuación del marco legal ya descrito en el capítulo 2º, aparece el planeamiento cuyo ámbito puede variar pasando desde el supralocal (como los planes de ordenación del territorio) al municipal (como los planes generales o los de ordenación intermunicipal) y por último los planes de desarrollo. Como piezas que dan concreción al ordenamiento urbanístico y territorial, llegando al último rincón y diseñando lo que al cabo del tiempo será la ciudad o el concreto espacio territorial considerado, se les puede otorgar también a los planes el carácter de normas jurídicas, de normas reglamentarias subordinadas a la legislación de la que traen causa.
 
Legislación.
Planes Territoriales.
Planeamiento General.
Planeamiento de Desarrollo.

Conforme al punto 1 del artículo 5 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza, la “planificación territorial” se realizará en Andalucía a través del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (P.O.T.A.), de ámbito autonómico, y de los Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional (P.O.T.A.S), que abarcan generalmente diversos municipios. Para el punto 2 del mismo artículo 5, actividades de  la Junta de Andalucía como la planificación de las redes de carreteras, ferroviaria,… de los puertos, aeropuertos,... así como otras actividades de intervención singular (por ejemplo, la alteración  de límites de términos municipales, la creación de áreas metropolitanas,…)  tendrán la consideración de Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio.
 
Planes para la Ordenación del Territorio en Andalucía.
- Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.
- Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional.
- Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio.

De otro lado, en Andalucía, la “ordenación urbanística” se establece en el marco de la LOUA y de las normas reglamentarias, así como de las determinaciones de los Planes de Ordenación del Territorio en los términos dispuestos por la “Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía”, mediante los Instrumentos de Planeamiento y los Restantes Instrumentos de la Ordenación Urbanística que se indican en la siguiente tabla:
 
 Instrumentos de la Ordenación Urbanística en Andalucía.

Instrumentos de Planeamiento.

Planeamiento General
Planes Generales de Ordenación Urbanística, Planes de Ordenación Intermunicipal y Planes de Sectorización.

Planes de Desarrollo
Planes Parciales de Ordenación, Planes Especiales y Estudios de Detalle.
Otros
Catálogos
Restantes Instrumentos de la Ordenación Urbanística (que sirven de complemento a los anteriores Instrumentos de Planeamiento).
Normativas Directoras para la Ordenación Urbanística, Ordenanzas Municipales de Edificación y Ordenanzas Municipales de Urbanización.

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