En una estructura jerarquizada, a
continuación del marco legal ya descrito en el capítulo 2º, aparece el
planeamiento cuyo ámbito puede variar pasando desde el supralocal (como los
planes de ordenación del territorio) al municipal (como los planes generales o
los de ordenación intermunicipal) y por último los planes de desarrollo. Como
piezas que dan concreción al ordenamiento urbanístico y territorial, llegando
al último rincón y diseñando lo que al cabo del tiempo será la ciudad o el
concreto espacio territorial considerado, se les puede otorgar también a los
planes el carácter de normas jurídicas, de normas reglamentarias subordinadas a
la legislación de la que traen causa.
Legislación.
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Planes
Territoriales.
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Planeamiento
General.
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Planeamiento
de Desarrollo.
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Conforme al punto 1 del artículo 5 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza, la “planificación territorial” se realizará en Andalucía a través del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (P.O.T.A.), de ámbito autonómico, y de los Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional (P.O.T.A.S), que abarcan generalmente diversos municipios. Para el punto 2 del mismo artículo 5, actividades de la Junta de Andalucía como la planificación de las redes de carreteras, ferroviaria,… de los puertos, aeropuertos,... así como otras actividades de intervención singular (por ejemplo, la alteración de límites de términos municipales, la creación de áreas metropolitanas,…) tendrán la consideración de Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio.
Planes para la Ordenación del Territorio
en Andalucía.
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- Plan de
Ordenación del Territorio de Andalucía. - Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional. - Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio. |
De otro lado, en Andalucía, la “ordenación urbanística” se establece en el marco de la LOUA y de las normas reglamentarias, así como de las determinaciones de los Planes de Ordenación del Territorio en los términos dispuestos por la “Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía”, mediante los Instrumentos de Planeamiento y los Restantes Instrumentos de la Ordenación Urbanística que se indican en la siguiente tabla:
Instrumentos
de la
Ordenación Urbanística en Andalucía.
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Instrumentos de
Planeamiento.
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Planeamiento General
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Planes Generales de
Ordenación Urbanística, Planes de Ordenación Intermunicipal y Planes de
Sectorización.
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Planes de Desarrollo
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Planes Parciales de
Ordenación, Planes Especiales y Estudios de Detalle.
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Otros
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Catálogos
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Restantes Instrumentos de la Ordenación Urbanística
(que sirven de complemento a los anteriores Instrumentos de Planeamiento).
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Normativas Directoras para
la Ordenación
Urbanística, Ordenanzas Municipales de Edificación y
Ordenanzas Municipales de Urbanización.
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