El proceso de gestación de la reforma de la anterior Ley de 1956 se inició en 1972, año en que el Gobierno presentó a las Cortes el anteproyecto de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, que dio lugar, tres años después, a la Ley de 2 de mayo de 1975, sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. Posteriormente, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Final segunda de la Ley, se aprobó por Real Decreto 1346/1976, de 9 de Abril, el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (TR76) que refunde en una única norma los contenidos de la reforma de la Ley del suelo de 1975 con aquellos de la Ley de 1956 no afectados por la misma.
Más tarde se promulgaron tres Reglamentos de desarrollo:
Más tarde se promulgaron tres Reglamentos de desarrollo:
- Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.
- Reglamento de Disciplina Urbanística, aprobado por R.D. 2187/1978, de 23 de junio.
- Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por R.D. 3288/1978, de 25 de agosto.
- Reglamento de Disciplina Urbanística, aprobado por R.D. 2187/1978, de 23 de junio.
- Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por R.D. 3288/1978, de 25 de agosto.
Señalan García Enterría y Parejo Alfonso que todos los contenidos de la reforma introducida por la Ley del Suelo de 1975, y su Texto Refundido (TR76), a pesar de ser sustanciales, van orientados a perfeccionar el sistema de la Ley del Suelo de 1956, y no a rectificarlo o abandonarlo, y ello a pesar de que la Ley de 1975 introduce en el sistema urbanístico importantes correcciones en materia de planeamiento, de competencias, de cargas urbanísticas, de valoraciones de suelo y de disciplina urbanística.
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